La Contraloría General de la República (CGR) encendió una alarma de alta gravedad institucional al denunciar que el Banco Central del Paraguay (BCP) le cerró las puertas y le negó el acceso a la información en medio de un control clave a la Superintendencia de Bancos.

Frente al rechazo rotundo de 47 de los 55 requerimientos formulados —una traba superior al 85% de las evidencias solicitadas—, el contralor general Camilo Benítez se vio obligado a emitir un dictamen de abstención de opinión, oficializado tras la aprobación del examen por Resolución CGR N° 497/26.
El conflicto trepó hasta la cima del poder político mediante la Nota CGR N° 5919, remitida directamente al presidente de la República, Santiago Peña, al titular de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, y al presidente de la Cámara de Senadores, Basilio Núñez. En el documento, la Contraloría advierte que el propio BCP pretende fijar de forma arbitraria los límites de su fiscalización al escudarse en el secreto bancario y alegar que el control externo solo debe circunscribirse al uso de sus fondos presupuestarios. La CGR desestimó de plano esa postura mediante la Nota CGR N° 5851, emitida el 2 de noviembre de 2026, donde planteó protocolos estrictos de confidencialidad y la exclusión expresa de datos de clientes y depositantes, e intimó al BCP a entregar los documentos en 48 horas bajo la advertencia de abstenerse de opinar si el bloqueo continuaba, una amenaza que finalmente se concretó ante el rechazo persistente del banco.
Esta negativa deja a la supervisión financiera sin ningún tipo de control público independiente, una situación alarmante si se considera que en el sistema convergen no solo el ahorro privado, sino miles de millones en fondos públicos como las reservas jubilatorias del Instituto de Previsión Social. Debido a esta barrera documental, el Estado se encuentra imposibilitado de verificar si la Superintendencia actuó con debida diligencia en los procesos de supervisión, transformación y fusión de entidades financieras.
El dictamen técnico de la Contraloría se fundamenta en las normas internacionales para auditorías del sector público ISSAI 400 e ISSAI 4000, aplicables cuando existe una restricción grave y generalizada al alcance de la investigación. Asimismo, Benítez recordó que la postura del BCP violenta la supremacía constitucional (artículo 137), así como las facultades otorgadas a la CGR por los numerales 1 y 5 del artículo 283 de la Constitución Nacional. Del mismo modo, ignora el artículo 7°, inciso c, de la Ley N° 489/95 (modificada por Ley N° 7066/2023) y el artículo 40 de la Ley N° 276/94, normativas que aclaran expresamente que el secreto bancario no puede ser invocado para frenar el control fiscal exterior.
Al cerrar la presentación, Camilo Benítez aclaró que la responsabilidad legal e institucional por la falta de fiscalización recae de manera exclusiva sobre las autoridades del Banco Central del Paraguay que ejecutaron el bloqueo. Por ello, solicitó al presidente Peña interceder e instruir formalmente a la banca matriz para que abandone la opacidad, colabore con el órgano de control y entregue la información completa para poder retomar las actuaciones de auditoría.
Fuente: Ultima Hora


