TRIBUNAL ANULA AMPARO DE NAVEGANTES JUBILADOS Y DA LA RAZÓN AL IPS AL BLOQUEAR RECALCULO DE HABERES

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El Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital (Segunda Sala) resolvió revocar en su totalidad el amparo constitucional de pronto despacho interpuesto contra el Instituto de Previsión Social por un grupo de jubilados del sector de marina mercante y navegantes —encabezado por Emigdio López Riveros, Lino Ascian Acosta Amarilla, Teodoro Rubén Acosta Báez y otros—, dejando sin efecto la orden que exigía a la previsional expedirse sobre el millonario ajuste de haberes.  

El fallo de segunda instancia, firmado por los magistrados Juan Carlos Paredes Bordón, Stella Maris Arminda Zárate González y Antonia López de Gómez, determinó que la acción promovida por los afectados resultaba improcedente. Entre los argumentos centrales, el Tribunal constató la existencia de una medida cautelar vigente dictada en otro expediente judicial promovido por el IPS (en el marco de una acción autónoma de nulidad), la cual prohíbe de manera expresa la liquidación o actualización de dichos haberes por encima de los topes establecidos hasta que exista una sentencia definitiva.  

Asimismo, la resolución de cámara advirtió que los demandantes omitieron declarar formalmente la existencia de litigios pendientes relacionados con la misma materia, tal como lo exigen las normativas judiciales. Ante estos impedimentos legales, el Tribunal resolvió revocar el fallo favorable del juzgado inferior e impuso la totalidad de las costas procesales a la parte actora. 

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