ABOGADO ÁLVARO ARIAS ADVIERTE SOBRE VULNERACIÓN DE LA SEGURIDAD JURÍDICA EN EL CASO RIVAS Y AFIRMA QUE EL TÍTULO NO FUE REDARGÜIDO DE FALSO

Publicado:

En el marco del proceso al exsenador Hernán Rivas, condenado a 8 años de prisión por producción y uso de documentos públicos de contenido falso, el abogado Álvaro Arias expresó su opinión respecto al criterio adoptado en el ámbito penal para valorar documentos oficiales emitidos por el Estado y señaló que la legislación establece mecanismos específicos para desvirtuar la validez de estos instrumentos.

El caso del juicio de Rivas se trató de una cuestión de relevancia penal que giró en torno a que el título de abogado era falso y el mismo como tal debe ser redargüido de falsedad y el Código Civil Paraguayo establece que los instrumentos públicos hacen plena fe en juicio, mientras no sean redargüidos de falsos; esto debe ser declarado por un juez en lo civil, expresó. 

Al respecto, Arias remarcó que, al no registrarse una declaración de nulidad dictada por un magistrado civil, el documento conserva sus efectos legales. En este caso no aconteció dicha declaración de parte de un juez por lo que creo que la Cámara de Apelaciones debe disponer el reenvío y debe ser juzgado nuevamente por otro Tribunal de Sentencia, puntualizó. En la misma línea, manifestó que el título de abogado emitido por el Ministerio de Educación no fue redargüido de falso por lo que hace plena fe en juicio. 

Asimismo, sostuvo que la discusión trasciende al propio procesado al señalar que no estamos hablando siquiera que Hernán David Rivas sea inocente, sino que lo importante es la vulneración a la seguridad jurídica de la República. El penalista indicó que las normativas vigentes impiden revocar o anular este tipo de actos sin un proceso judicial declarativo previo en la vía ordinaria, detallando que según las reglas del Código Civil Paraguayo el Juez de primera instancia en lo civil debe declarar la falsedad de un instrumento público y como esto no sucedió el MEC no puede declarar por sí la invalidez de un documento público. 

Finalmente, expresó su postura sobre las decisiones en el fuero penal respecto a cuestiones de la jurisdicción civil y administrativa al concluir que es muy peligroso que se pueda convalidar una sentencia de esta naturaleza, refiriéndose a la seguridad jurídica del país, puesto que se fundamenta sobre premisas inaplicables, y agregando que en definitiva esta sentencia debe ser revocada y la Cámara de Apelaciones debe ordenar su reenvío a primera instancia para que otro Tribunal de Sentencia juzgue de vuelta esta causa.

Compartir la publicacion

Subscribete

spot_imgspot_img

Popular

Más como esto
Related